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año:2011
 
institución:CONSEJO DE TRANSPORTE PUBLICO
 
institución:PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
 

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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 12323 7 de diciembre de 2011 DCA-3223 Licenciado Marvin Salas Hernández Director Administrativo Financiero a.i. Consejo de Transporte Público Fax: 2586-9090 Estimado señor: Asunto: Se archiva la gestión formulada al no haberse atendido requerimiento previo.- Me refiero a su oficio DAF-2011-414 del 11 de noviembre del presente año, mediante el cual solicita autorización para contratar directamente a SOIN S.A., para la implementación del paquete financiero el cual contempla los módulos de Contabilidad, Tesorería, Compras, Inventarios, Activos Fijos, Presupuestos y Reportes, sistemas que actualmente están funcionando en el CONAVI. Sobre el particular, tenemos que esta División mediante oficio DCA-3086 del 22 de noviembre de 2011, notificado el 23 de noviembre pasado, se requirió información al respecto, otorgándose al efecto un plazo de ocho días hábiles para su presentación, los cuales vencieron el 5 de diciembre de 2011, sin que se remitiera la información requerida, bajo la advertencia de que si no se presentaba la información se procedería al archivo de la solicitud. Así las cosas, se procede al archivo de la gestión formulada por su persona. Atentamente, Lic. Oscar Castro Ulloa Gerente Asociado a.i. OCU/yhg Ni: 20349 Ci: Archivo Central G: 2011002899-1 ] ...
Fecha publicación: 09/12/2011
Fecha emisión: 06/12/2011
Documento: 12323-2011.pdf
Institución: CONSEJO DE TRANSPORTE PUBLICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 12168 02 de diciembre, 2011 DJ-1323-2011 Licenciado Jorge Sequeira Gerente General PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA Estimado Señor: Asunto: Consulta relacionada con la aplicación de la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública. Se refiere esta División a su nota sin número, recibida el 21 de noviembre pasado, mediante la cual plantea una consulta relacionada con la aplicación de la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública (Ley N° 8422 del 6 de octubre de 2004), referida a si su eventual participación en la Junta Directiva de la empresa Radio Mensajes S.A., lesiona –o no- algunas de las disposiciones contenidas en dicha norma legal. En ese sentido, en el memorial de consulta se indica que “(…) considero que no me asiste ningún impedimento, incompatibilidad o prohibición en las condiciones señaladas en este oficio (…)”, sin embargo, se menciona que: “(…) solicito atentamente al órgano contralor corroborar mi posición, para lo cual fundamento esta petición en el artículo 33 del Reglamento a la Ley N° 8422 (…)”. I CONSIDERACIONES PRELIMINARES Como un aspecto de primer orden, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994) y la Circular Nº CO-529 publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2000, el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas. Lo anterior se funda, en el interés de no sustituir a las entidades consultantes en la solución o respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el riesgo que genera emitir pronunciamiento en punto a situaciones o casos específicos cuyas particularidades y detalles se desconocen, lo cual imposibilita rendir un criterio ...
Fecha publicación: 05/12/2011
Fecha emisión: 02/12/2011
Documento: 12168-2011.pdf
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 9787 10 de octubre, 2011 DFOE-SAF-0387 Licenciado Jorge Sequeira Picado Gerente General PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA Estimado señor: Asunto: Se amplía oficio DFOE-SAF-327-2011 (7629) con relación al pago de arrendamiento de vehículos para funcionarios de PROCOMER ubicados en las oficinas de promoción en el extranjero. En atención a su oficio No. GG-041-11, del 28 de marzo, procedemos a ampliar nuestro oficio de respuesta DFOE-SAF-0327-7629 del 18 de agosto, en relación con el tema de arrendamiento de vehículos (kilometraje) ubicados en el exterior del país. Explica la consultante que Procomer desarrolla actividades que tienden al fortalecimiento del comercio exterior de nuestro país, razón por la que ha instalado oficinas de Promoción en diversas zonas del exterior, y para regular el funcionamiento de sus oficinas emitió el Reglamento de Oficinas de Promoción Comercial, normativa que establece las pautas mínimas de desempeño y gestión. En cuanto al pago de kilometraje adjunta criterio legal No. 227-2011 de fecha 15 de marzo del 2011 de esa Institución, en la que se indica que para los Directores, Subdirectores y personal de apoyo, actualmente PROCOMER les reconoce el pago de kilometraje con base en la tarifa que establece la Contraloría General de la República, sin embargo, por la realidad socioeconómica de cada país, ha detectado que la indicada suma no siempre es suficiente para compensar a los funcionarios los gastos efectivos de cada país, ya que los mismos suelen ser muy distintos a los gastos que se generan en Costa Rica. Por tal razón, se consulta si puede Procomer pagar un mo ...
Fecha publicación: 13/10/2011
Fecha emisión: 10/10/2011
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 09699 06 de octubre, 2011 DCA-2607 Señor Eddie Villalobos Villalobos Gerente Administrativo Financiero Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica Fax: 2233-5755 Estimado señor: Asunto: Se deniega solicitud de autorización para la degradación del procedimiento de contratación de licitación abreviada para efectos de utilizar la contratación directa, así como una disminución del 25% del precio final autorizado por esta Contraloría General mediante el oficio 3888 del 3 de mayo del 2011, del inmueble del Partido de Limón matrícula 55254-000. Nos referimos a sus oficios GG-165-11 y GAF-OFIC-137-11 de fechas 23 y 28 de setiembre de 2011, mediante los cuales solicita nuestra autorización para llevar a cabo la contratación indicada en el asunto. I) Antecedentes. 1) Mediante oficio 3888 del 3 de mayo del 2011, esta Contraloría General otorgó autorización a PROCOMER para efectuar una degradación del procedimiento de licitación pública y sacar a la venta del inmueble 055254-000 mediante una licitación privada, así como también disminuir en un 25% la base del avalúo administrativo SJ-329-2010, tramitado mediante el expediente 4589, ello con fundamento en los artículos 30 de la Ley de Contratación Administrativa y 15 de su Reglamento, así como en el 115 bis del Reglamento de Contratación de PROCOMER. 2) La Administración procedió a tramitar el procedimiento de Licitación Privada Nº 02- 2011 denominado “Venta de propiedad ubicada en Limón”, correspondiente al terreno ubicado en la provincia de Limón, Cantón Limón, Distrito Liverpool, inscrita en el Registro Público de la Propiedad, sección inmueble, Partido de Limón, matrícula No. 055254-000, con un área de 64.033,43 metros cuadrados, plano catastrado L-5977-1991, valorado según avalúo administrativo SJ-329-2010, expediente 4589, en un preci ...
Fecha publicación: 11/10/2011
Fecha emisión: 06/10/2011
Documento: 09699-2011.pdf
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 07628 17 de agosto, 2011 DFOE-IFR-0488 Licenciado Ricardo Jiménez Godínez, MBA. Auditor Interno CONSEJO DE TRANSPORTE PÚBLICO Estimado señor: Asunto: Criterio solicitado el Auditor Interno sobre la aplicación de los artículos 23,24 y 27 de la Ley de Control Interno. Mediante su oficio AI-O-11-0285 del 23 de junio del 2011 se formula consulta en relación con la posibilidad de que una comisión o comité institucional conformado por personal de planta pueda interferir en la ejecución presupuestaria de la Auditoría Interna. Asimismo se solicita el criterio sobre si una vez que el máximo jerarca aprueba el presupuesto de la Auditoría Interna y ésta comunica su Plan de Trabajo, Plan de Compras, Plan de Capacitación, Plan de Requerimientos TI y otros, a las instancias correspondientes, puede una comisión o comité institucional establecer regulaciones administrativas que limiten la ejecución y el cumplimiento de los mismos. Ambas consultas giran en torno a los alcances de la independencia de la Auditoría Interna, y para ello es necesario remitirse a lo señalado en la Ley General de Control Interno (LGCI) que establece la diferenciación entre la independencia administrativa y la independencia de carácter funcional de la Auditoría Interna. De esta forma, el artículo 24 de ese mismo cuerpo normativo señala: “Dependencia orgánica y regulaciones administrativas aplicables. El auditor y el subauditor internos de los entes y órganos sujetos a esta Ley dependerán orgánicamente del máximo jerarca, quien los nombrará y establecerá las regulaciones de tipo administrativo que les serán aplicables a dichos funcionarios. Los demás funciona ...
Fecha publicación: 24/08/2011
Fecha emisión: 16/08/2011
Institución: CONSEJO DE TRANSPORTE PUBLICO
Emite: AREA FISC. SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 07598 17 de agosto de 2011 DCA-7598 Señor Jorge Sequeira Picado Gerente General Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER) Estimado señor: Asunto: No se refrenda por no requerirlo el convenio para la sesión de funcionarios suscrito entre el Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) y la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER). Nos referimos a su oficio GG-0126-11 del 27 de julio del presente año, mediante el cual solicita el refrendo de la adenda referida en el asunto. Una vez realizado el estudio de rigor, este Despacho ha podido determinar que el convenio original refrendado por esta Contraloría General mediante el oficio 010562 del 27 de agosto de 1997 fue otorgado al amparo del anterior reglamento de refrendos, el cual dejó regir a partir del 1 de enero de 2008, fecha en que entró en vigencia en nuevo reglamento de refrendos, publicado en La Gaceta N° 202 del 22 de octubre de 2007. En el mismo orden de ideas, el reglamento actualmente vigente en su artículo 3 inciso 6 establece cuales contratos o convenios celebrados entre entes, empresas u órganos públicos están sujetos al refrendo contralor; estos son aquellos que tengan por objeto el otorgamiento de concesiones, la constitución de fideicomisos o la realización de proyectos bajo el tipo contractual de alianza estratégica, en consecuencia, los demás contratos o convenios interadministrativos no estarán sujetos a refrendo. Ahora bien, siendo que el objeto de convenio celebrado por PROCOMER y COMEX no corresponde a ninguno de los anteriormente citados, la Contraloría General se considera incompetente para refrendarlo, siendo que es exclusiva responsabilidad de los jerarcas de las Administraciones involucradas adoptar las medidas de control, de conformidad con la normativa de control interno, para garantizar que las relaciones interadministr ...
Fecha publicación: 22/08/2011
Fecha emisión: 17/08/2011
Documento: 07598-2011.pdf
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 06981 29 de julio de 2011 DCA-1948 Señor Eddie Villalobos Representante legal Señora Marcela Brooks Directora de Asesoría Legal Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER) Estimado (a) señor (a): Asunto: No se refrenda por no requerirlo el borrador de escritura pública producto de la contratación directa concursada promovida por la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER) para la venta de una finca de su propiedad ubicada en la provincia de Puntarenas. Nos referimos a su oficio GG-108-2011 del 13 de julio del presente año, mediante el cual solicita el refrendo referido en el asunto. Sobre el asunto en conocimiento, cabe recordar que el Reglamento sobre el refrendo de las contrataciones de la Administración Pública, en su artículo 3, luego de los diferentes supuestos en lo que un contrato amerita el refrendo contralor, en el último párrafo se menciona lo siguiente: “(…) No estarán sujetos al refrendo los demás contratos o convenios no referidos en este artículo o en las demás disposiciones de este Reglamento, sin perjuicio de las exclusiones concretas que se estipulen en los artículos siguientes, en virtud del régimen especial de esas exclusiones (…)”. Una de esas exclusiones a que hace referencia el último párrafo anterior se encuentra establecida en el inciso 2) del artículo 12 de la misma normativa. En dicho numeral, se dispone que cuando la escritura pública de un contrato requiera formalizarse ante la Notaría del Estado 1 , no resulta necesario cumplir con el trámite del refrendo ante la Contraloría General. Consecuentemente, el borrador de la escritura no debe remitirse a este órgano contralor. Por consiguiente, todos aquellos contratos cuya escritura deba formalizarse, por imperativo legal, ante la Notaría del Estado, se encuentran exentos del trámite de ...
Fecha publicación: 04/08/2011
Fecha emisión: 29/07/2011
Documento: 06981-2011.pdf
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 05181 10 de junio, 2011 DCA-1495 Licenciado Mario F. Badilla Apuy Director Ejecutivo Consejo de Transporte Público Estimado señor: Asunto: se aclara el oficio No 4512 del 23 de mayo de este año, únicamente en cuanto a que el Consejo de Transporte Público si cuenta con las potestades de obtener préstamos. Por lo anterior se modifica la advertencia de que no se podrá realizar la transacción hasta tanto no cuenten con la totalidad del disponible presupuestario y se establece en su lugar que no se podrá realizar la transacción hasta tanto no cuenten con la disponibilidad presupuestaria y el financiamiento necesario para poder adquirir el edificio pretendido incluido en dicho presupuesto. Nos referimos a oficio No. DE-2011-1432 del 2 de junio de este año, mediante el cual solicita aclaración del citado oficio en el sentido de que el Consejo de Transporte Público no requiere contar con la totalidad de la disposición presupuestaria para comprar tres inmuebles inscritos a nombre de ICAFE. Antecedentes y justificación de la solicitud: • Que de manera general, el artículo 5 de la Ley 7969 crea el Consejo de Transporte Público como un órgano de desconcentración máxima con personería propia y que puede realizar cualquier tipo de contrato para la ejecución de sus funciones y también el establecimiento de sus oficinas. • Que el artículo 24 inciso b) de la ley 7969 contempla los préstamos como fuente de financiamiento del Consejo de Transporte Público. Estableciéndose expresamente “Artículo 24.- Fuentes de Financiamiento...b) Los aportes, las donaciones, los préstamos, las subvenciones y las contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o internacionales” Además en el artículo 6 último párrafo se establece que el Consejo podrá establecer las oficinas que considere necesarias en los principales c ...
Fecha publicación: 13/06/2011
Fecha emisión: 10/06/2011
Documento: 05181-2011.pdf
Institución: CONSEJO DE TRANSPORTE PUBLICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: SOLICITUD DE ADICION Y ACLARACION DE OFICIO


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 04512 23 de mayo, 2011 DCA-1326 Licenciado Mario F. Badilla Apuy Director Ejecutivo Consejo de Transporte Público Estimado señor: Asunto: se deniega, por no requerirla, autorización al Consejo de Transporte Público para contratar directamente la compra de tres inmuebles inscritos en el Registro Público, sistema de folio real matrícula 1-097228-000,1-074331-Duplicado B-000 y 1-049146-000 propiedad de ICAFE por $4.446.307.47, según lo dispuesto en el inciso c), artículo 2 de la Ley de Contratación Administrativa y 130 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Se advierte que no se podrá realizar la transacción hasta tanto no cuenten con la totalidad del disponible presupuestario. Nos referimos a oficio No. DE-2011-1166 del 6 de mayo de este año, recibido en Contraloría General el día 9, mediante e mediante el cual solicita autorización para comprar tres inmuebles inscritos a nombre de ICAFE. Fundamenta la presente solicitud en lo dispuesto el artículo 2 de la Ley de Contratación Administrativa y 138,139 y 157 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (RLCA). Antecedentes y justificación de la solicitud: • Que el Consejo de Transporte Público tiene la necesidad de adquirir un edificio en el cual establezca sus oficinas, ya que actualmente las mismas se encuentran ubicadas en distintos inmuebles arrendados para ese fin. Dicha necesidad incluso se ha reflejado en informes de la Contraloría general. Que anteriormente gozaba de unas oficinas ubicadas en la en el MOPT pero el convenio que establecía de uso y disfrute de instalaciones con el MOPT se finiquitó por mutuo acuerdo el 30 de marzo de este año. • Que el Consejo de Transporte Público desde noviembre de 2010 realizó un proceso de selección para identificar el inmueble idóneo que cumpliera con sus necesidades y para lo cual contaron con l ...
Fecha publicación: 26/05/2011
Fecha emisión: 23/05/2011
Documento: 04512-2011.pdf
Institución: CONSEJO DE TRANSPORTE PUBLICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 04169 5 de mayo de 2011 DJ-0507-2011 Señor Alexander Arias Valles Auditor Interno Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER) Fax 2233-5755 Apartado Postal 1278-1007 Estimado señor: Asunto: Se atienden consultas del Auditor Interno de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, sobre la posibilidad de que los informes de Auditoría sean comunicados únicamente vía electrónica y las observaciones a éstos sean recibidas del mismo modo por parte de los titulares subordinados así como la posibilidad de realizar las auditorías en las oficinas de comercio exterior mediante videoconferencia y obtener evidencia documental por medios electrónicos o copias enviadas por fax desde el extranjero. Nos referimos a sus oficios números AI-014-2011 y AI-015-2011, de los días 7 y 8 de marzo de 2011 respectivamente – recibidos en la Contraloría General de la República los días 8 y 9 del mismo mes - mediante los cuales se nos consulta sobre la posibilidad de que los informes de Auditoría de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante PROCOMER) sean comunicados únicamente vía electrónica y las observaciones a éstos sean recibidas del mismo modo por parte de los titulares subordinados así como la posibilidad de realizar las auditorías en las Oficinas de Comercio Exterior mediante videoconferencia y obtener evidencia documental por medios electrónicos o copias enviadas por fax desde el extranjero. I. Consideraciones previas. Señala el consultante que la Gerencia General de la institución le ha planteado verbalmente la posibilidad de realizar las auditorías a las Oficinas Comerciales en el Exterior (ubicadas en Unión Europea en Alemania, China, Miami, New York, Canadá, México, República Dominicana, Trinidad y Tobago, 2 Panamá y Chile) vía videoconferencia y que los documentos de respaldo sean remitidos por parte del Direc ...
Fecha publicación: 14/05/2011
Fecha emisión: 11/05/2011
Documento: 04169-2011.pdf
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Independencia Funcional y de Criterio de la Auditoria Interna , Informes de Auditoria Interna a Jerarcas y Subordinados, Organizacion de la Auditoria Interna , Sistema de Control Interno